El Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad reformas al Código Penal para que los padres que abandonen a una mujer embarazada paguen con hasta seis años de prisión.

La minuta de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, fue presentado ante el pleno por el Diputado Jorge de León Fernández, promotor de la iniciativa.

La reforma busca proteger al menor de la mujer embarazada, cuando no exista un compromiso como el matrimonio o el concubinato. La mujer debe acreditar legalmente la paternidad de su hijo con las autoridades competentes.

Los diputados señalaron que, están por encima de todo los derechos de manutención de ambos padres para el menor, derecho de tener un nombre con la documentación legal que identifique a ambos padres, servicio médicos, hereditarios, entre otros.

Con la modificación al artículo 280 se establece que el padre que abandone a la mujer embarazada podrá pasar de uno a seis años de prisión o una multa de hasta 31 mil 200 pesos.

“El que sin motivo justificado incumpla sus obligaciones alimentarias respecto de sus hijas e hijos, cónyuge, mujer embarazada que acredite legalmente la paternidad, personas con discapacidad, adultos mayores o los sujetos de interdicción, se le impondrá pena de prisión de uno a seis años y multa de ciento ochenta a trescientas sesenta cuotas; pérdida de los derechos de patria potestad, tutela, hereditarios o de alimentos que pudiere tener sobre el acreedor alimentario; y pago, como reparación del daño, de las cantidades no suministradas oportunamente por el imputado”, dice el artículo con la modificación.