Además, regula el proceso para otorgar descuentos a Jubilados y Pensionados. Es decir, el beneficio continúa.

De manera extraordinaria, el alcalde de Culiacán, y presidente del Consejo Directivo de JAPAC solicitó otorgar el beneficio de apoyo a personas con vulnerabilidad económica, es decir, todo usuario cualquiera que sea su situación laboral, que demuestre insolvencia total económica, tendrá derecho a un subsidio del 100% para el pago del servicio de agua potable, por parte del Ayuntamiento de Culiacán, en tanto dure su insolvencia.

Esta solicitud, fue aprobada por unanimidad de los integrantes del Consejo Directivo.

Adicionalmente, se determinó regular el descuento que se otorga a Jubilados y Pensionados, con la finalidad de reordenar esta situación y que el descuento se otorgue únicamente a los usuarios que realmente lo necesiten, dejando en claro que el beneficio no se elimina; pero dicho descuento será subsidiado por el ayuntamiento de Culiacán, debido a que el artículo 50 de la Ley de Agua Potable prohíbe tajantemente el otorgamiento de exenciones por cuanto al pago de las tarifas y cuotas por los servicios que prestan las juntas de agua potable; resultando por lo tanto inconstitucional lo dispuesto en el último párrafo de dicho numeral.

Luego de que el tema se tocara en anteriores sesiones, ya que representa más de 32 millones de pesos que la JAPAC se ve obligada a presupuestar para apoyar al total de jubilados y pensionados del municipio; encontrándose entre éstos, muchísimos usuarios que tienen capacidad económica suficiente para solventar el pago; por lo que el Consejo Directivo determinó, que:

Atendiendo la posibilidad de aplicar el beneficio establecido en el párrafo segundo del artículo 50 de la Ley de Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa, y que llegue de manera efectiva a todos los usuarios que realmente ocupen el apoyo por su situación de vulnerabilidad económica, que es el espíritu de la ley que estableció dicho beneficio, fundado en el principio de equidad, se propuso generar un fondo para aplicarse en beneficio de los usuarios pensionados o jubilados, como apoyo del 50% de las tarifas y cuotas por los servicios que les presta la Junta, siempre y que se cumplan los siguientes requisitos:

I. Que sea a petición de parte, mediante solicitud por escrito del beneficiario;

II. Acredite su calidad de Pensionado o Jubilado.

III. Que en el domicilio a beneficiar se obtengan ingresos familiares menores a dos salarios mínimos, de conformidad con el estudio socioeconómico que elaborará personal de JAPAC;

IV. Que esté registrado en el padrón de usuarios del servicio doméstico con al menos un año de antigüedad;

V. Que el solicitante en su calidad de propietario del inmueble, habite en el
domicilio a beneficiar;

VI. Que cuenten con una toma de agua potable, cuyo consumo mensual no exceda de 15 m3;

VII. Que se encuentren al corriente en los pagos del servicio de agua potable y Predial.

Estos acuerdos, entrarán en vigor a partir de enero del 2022.